Dos profesionales se ponen de acuerdo para realizar un servicio al 50% de los beneficios.
Se parten de dos supuestos iniciales
a) los gastos de ambos son iguales
los gastos son distintos.
La fiscalidad es distinta.
El profesional 1 está en Canarias (21% retenciones, 7% igic)
El profesional 2 está en Península (21% retenciones, 21% IVA)
Los profesionales deciden asumir la fiscalidad diferencial al 50%.
El profesional canario es quien emite la factura al cliente final.
El profesional peninsula emite factura del 50% de lo que cobre neto el profesional canario.
¿Cómo sería el reparto para una cantidad genérica x en los supuestoa a y b ?
¿Cómo sería el reparto para una cantidad de 1000 euros neta a percibir por pago del cliente al primer profesional?
Nota : Dado la dificultad que tengo en el tema agradecería la formulación matemática del problema.
Adjunto hoja de cálculo con intentos.
Gracias
P.D. El ajuste es antes de pago impuestos. Cada cual paga sus impuestos y repercutirá lo que corresponda sin afectar a esta operación. O sea al 50% antes de repercutir el impuesto o el IRPF.
Reparto equitativo entre profesionales
Dos profesionales se ponen de acuerdo para realizar un servicio al 50% de los beneficios.
Se parten de dos supuestos iniciales
a) los gastos de ambos son iguales
La fiscalidad es distinta.
El profesional 1 está en Canarias (21% retenciones, 7% igic)
El profesional 2 está en Península (21% retenciones, 21% IVA)
Los profesionales deciden asumir la fiscalidad diferencial al 50%.
El profesional canario es quien emite la factura al cliente final.
El profesional peninsula emite factura del 50% de lo que cobre neto el profesional canario.
¿Cómo sería el reparto para una cantidad genérica x en los supuestoa a y b ?
¿Cómo sería el reparto para una cantidad de 1000 euros neta a percibir por pago del cliente al primer profesional?
Nota : Dado la dificultad que tengo en el tema agradecería la formulación matemática del problema.
Adjunto hoja de cálculo con intentos.
Gracias
P.D. El ajuste es antes de pago impuestos. Cada cual paga sus impuestos y repercutirá lo que corresponda sin afectar a esta operación. O sea al 50% antes de repercutir el impuesto o el IRPF.
Repartos equitativos.xls